Visado de larga duración
Para cualquier estancia en Francia con una duración superior a los 90 días, deberá obtener previamente un visado de larga duración, si no está exento por su nacionalidad.
Independientemente de la duración de la estancia prevista, el visado de larga duración tiene una duración limitada, comprendida entre 3 meses y un año. Deberá solicitar un título de estancia en la prefectura para proseguir su estancia una vez finalizado el período de vigencia del visado.
Durante su período de vigencia, el visado de larga duración es equivalente a un visado Schengen que le permite circular y permanecer en el espacio Schengen, fuera de Francia, durante períodos máximos de 90 días en cualquier período de 180 días, en las mismas condiciones que si fuera titular de un visado Schengen.
Visado de larga estancia para Francia metropolitana
Las diferentes categorías de visas de larga estancia
Verifique antes si por su nacionalidad o por su situación de estancia en Francia está exento de solicitar un visado (auxiliar de visado) e infórmese sobre las condiciones de expedición de un visado que le permitirá :
- Permanecer de manera duradera como turista o a título privado
- Ejercer una actividad profesional
- Realizar estudios
- Reunirse con su familia
Por cada uno de estos motivos, deberá adjuntar a su solicitud justificantes específicos y seguir los procedimientos adaptados.
Hay dos tipos principales de visas de larga estancia. Se le entregará el que corresponda a la duración y al motivo de su estancia/instalación en Francia.
- El visado de larga estancia, equivalente a un permiso de residencia (VLS-TS), para una estancia inferior o equivalente a un año. Este dispensa de la obligación de solicitar una tarjeta de residencia. El titular de este tipo de visa debe validar su VLS-TS dentro de los 3 meses posteriores a su llegada a Francia en el portal de la Administración Digital de Extranjeros en Francia (ANEF)
- El visado de larga estancia con la mención "tarjeta de residencia a solicitar dentro de los 2 meses siguientes a la llegada". Su titular deberá presentarse en Prefectura en el plazo de 2 meses, con el fin de obtener un permiso de residencia. En algunos casos, en particular en el caso de los visados expedidos con arreglo al "Pasaporte de Talento", podrá expedirse un permiso de residencia plurianual.
Por último, se puede emitir un visado de larga duración temporal (VLS-T), en particular para personas que están seguras de no prolongar su estancia más allá de la duración de su visado.
Visados específicos para determinados particulares
Algunos casos particulares se benefician de visados específicos :
- En caso de haber superado un examen o tras una entrevista favorable a la validación de una inscripción en el marco de un visado de corta duración con la mención "étudiant-concours" (estudiante concurso), podrá solicitar en la Prefectura un título de estancia para estudiantes
- Como beneficiario de un visado con la mención "mineur scolarisé" (menore escolarizado) para estar escolarizado o realizar estudios superiores, puede permanecer 11 meses en Francia, autorización que podrá renovarse mientras duren sus estudios
- Como beneficiario de un visado de larga duración con la mención "vacances-travail" (vacaciones y trabajo)
- Como familiar de un ciudadano de un Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o de Suiza, sujeto a y beneficiario de un visado de corta duración que le permitirá presentar en la Prefectura una solicitud de título de estancia cuando llegue a Francia
¿En qué caso está autorizada una estancia de larga duración sin visado?
Los ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de Suiza, de Andorra, de Mónaco, de San Marino y de la Santa Sede pueden permanecer más de 90 sin visado en el territorio europeo de Francia.
Los visados de larga duración para los territorios no europeos de Francia
La mayoría de las nacionalidades están sujetas a la obligación de visado de larga duración para residir más de 90 días en estos territorios, excepto :
- Los ciudadanos de la Unión Europea, de Mónaco y de Andorra, para todos los territorios
- Los ciudadanos del Espacio Económico Europeo (EEE) y de Suiza, salvo en la Polinesia Francesa, Nueva Caledonia, Wallis y Futuna y las tierras australes y antárticas francesas (TAAF)
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