La llegada a Francia


Independientemente de que necesite o no un visado, la entrada en el espacio Schengen por parte de ciudadanos de terceros países debe cumplir un determinado número de condiciones, previstas en la normativa europea y nacional en vigor.

Documentos que deben presentarse al llegar a Francia

A solicitud a la policía de fronteras cuando llegue a Francia, deberán presentarse los documentos justificativos siguientes :

  • Un pasaporte vigente, expedido desde hace menos de 10 años y válido al menos tres meses después de la fecha de salida prevista
  • Un visado vigente, si se requiere
  • Un justificante de alojamiento que cubra la totalidad de la estancia (reserva de hotel y/o certificado de acogida en casa de una persona próxima validado en el ayuntamiento)
  • Recursos económicos suficientes. La valoración de los medios de subsistencia se hace en función de la duración y del objeto de la estancia y por referencia a los precios medios en materia de alojamiento y alimentación en función de los Estados miembros
  • Su billete de regreso o los medios económicos para adquirirlo en la fecha de regreso prevista
  • Cualquier documento que aporte precisiones sobre la profesión o sobre la calidad del viajero, así como sobre los establecimientos u organismos situados en territorio francés que le esperan, si se encuentra usted en viaje profesional
  • Debe disponer de un certificado de un seguro que cubra todos los gastos médicos, hospitalarios y de defunción que puedan originarse durante toda la estancia en Francia, incluidos los gastos de repatriación por motivos médicos

Los viajeros en tránsito deberán poder presentar justificantes de condiciones de entrada en el país de destino final (condiciones de estancia y de alojamiento durante el tránsito, billete de continuación y visado para el país de destino).

¿Qué importe de recursos debe poder justificar?

En el caso de Francia, este importe es de :

  • 65 euros por día de estancia en caso de presentación de una reserva de hotel
  • 120 euros por día de estancia en caso de no presentación de una reserva de hotel
  • En caso de reserva hotelera parcial: 65 euros por día para el período cubierto por la reserva y 120 euros por día para el resto de la estancia

Los titulares de una visa de circulación deben disponer de un certificado de seguro médico en cada uno de sus viajes.

Si se queda en un hotel, deberá presentar una reserva de hotel, así como un importe mínimo por día de estancia que difiere en función del país Schengen visitado.

Si se aloja en casa de un particular, deberá presentar un certificado de acogida establecido en el ayuntamiento a petición de la persona que le invita

Al pasar la frontera deberá justificar en tal caso que, además del certificado de acogida, está en posesión de un importe mínimo por día de estancia este importe mínimo es de 32,50 euros por día.

¿En que casos está dispensado de presentar justificantes en la frontera?

Está usted dispensado de presentar justificantes en la frontera si entra dentro de una de las categorías siguientes :

  • Es usted titular de un título de estancia válido en Francia o de un documento de circulación para extranjeros menores (DCEM) o de un título de identidad republicano (TIR)
  • Es conyuge de un ciudadano francés
  • Es titular de un visado de larga duración que incluye la mención "carte de séjour à solliciter à l’arrivée en France"
  • Es portador de un documento que acredita una de las funciones siguientes :
    • Miembro de misiones diplomáticas y de puestos consulares que asume sus funciones en Francia
    • Miembro de las asambleas parlamentarias
    • Funcionario, oficial o agente de los servicios públicos extranjeros, con una orden de misión de su gobierno
    • Funcionario de una organización intergubernamental de la que es miembro Francia, con una orden de misión de dicha organización
    • Miembro de la tripulación de buques y aeronaves que realizan desplazamientos de servicio

Sistema de entrada y salida (EES) del espacio Schengen

El Sistema de Entrada y Salida (EES "Entry/Exit System") es el nuevo sistema de gestión de fronteras que permite registrar a los nacionales de países no pertenecientes a la UE que viajan a Europa para una estancia de corta duración cada vez que cruzan las fronteras exteriores de 29 países europeos.

¿Qué países europeos utilizan el EES?

Alemania, Austria, Bélgica, Bulgaria, Croacia, Dinamarca, España, Estonia, Finlandia, Francia, Grecia, Hungría, Islandia, Italia, Letonia, Liechtenstein, Lituania, Luxemburgo, Malta, Noruega, Países Bajos, Polonia, Portugal, República Checa, Rumanía, Eslovaquia, Eslovenia, Suecia y Suiza.

¿Quiénes serán registrados en el EES?

Los nacionales de países no pertenecientes a la UE que viajen a países europeos que utilicen el EES para una estancia corta (es decir, hasta 90 días en un período de 180 días) se registrarán en el EES. Los diplomáticos extranjeros de países no pertenecientes a la UE que viajen a Francia para una misión de menos de 90 días también se registrarán en el EES, incluso si tienen una exención de recogida biométrica al solicitar un visado. Los datos de los viajeros se registrarán en el EES, independientemente de que necesiten o no un visado de corta duración. Hay algunas exenciones que se enumeran a continuación. Las denegaciones de entrada también se registran en el sistema.

¿Qué datos recopila el EES?

  • Los datos personales que figuran en el documento de viaje, como el nombre completo, la fecha de nacimiento y la nacionalidad
  • La fecha y el lugar de cada entrada y salida en los 29 países europeos que utilizan el EES
  • Los datos biométricos, como la imagen facial y/o las huellas dactilares
  • La información sobre las denegaciones de entrada, si las hubiera

¿Por qué se ha implantado el EES?

  • El EES moderniza los controles fronterizos
  • El EES facilita la identificación de los nacionales de países no miembros de la UE que no cumplen las condiciones de entrada o estancia, o que superan la duración autorizada en el espacio Schengen
  • El EES refuerza la seguridad de las fronteras de Europa

Exenciones

El EES no se aplica a :

  • Los ciudadanos de los países europeos que utilizan el EES, así como de Chipre e Irlanda
  • Los ciudadanos de países no miembros de la UE que posean un permiso de residencia y tengan un vínculo familiar directo con un ciudadano de la UE
  • Los ciudadanos de países no miembros de la UE que viajen a Europa en el marco de un traslado dentro de una empresa o con fines de investigación, estudios o formación, voluntariado, programas de intercambio de estudiantes o proyectos educativos y de au pair
  • Diplomáticos que vienen a asumir sus funciones en el territorio de un EM y titulares de un visado de larga estancia de establecimiento diplomático o de un permiso de residencia especial
  • Los titulares de permisos de residencia y visados de larga duración
  • Ciudadanos de Andorra, Mónaco, San Marino y titulares de un pasaporte expedido por el Estado de la Ciudad del Vaticano o la Santa Sede
  • Personas exentas de controles fronterizos o que gozan de determinados privilegios en materia de controles fronterizos
  • Personas titulares de un permiso de circulación fronteriza local válido
  • Personal de a bordo de trenes de pasajeros y mercancías en correspondencia internacional
  • Heads of State and Government, members of national governments and their accompanying spouses, members of official delegations, and sovereigns and prominent members of the royal family

Sus trámites en Francia

En cuanto llegue a Francia, está sujeto a obligaciones administrativas para convertir su visado en un título de estancia regular. Estas formalidades le permitirán asimismo acceder a los servicios y prestaciones ofrecidos por la administración francesa. Son diferentes en función del visado que se le haya expedido.

Visado de larga duración con obligación de solicitar un título de estancia

Si el visado que se le ha expedido es un visado de larga duración que menciona una obligación de solicitar un título de estancia, deberá cumplir ese trámite en un plazo de dos meses desde su llegada y ponerse en contacto con la prefectura de su lugar de residencia.

  • Si reside en París, deberá personarse en la prefectura de policía
  • Si reside en otro departamento, deberá personarse en la prefectura o subprefectura de su departamento. Para ampliar esta información, consulte los trámites de los extranjeros en Francia

Antes de acudir a la prefectura, consulte el sitio web de la prefectura de su lugar de residencia, para informarse de la lista de documentos que se han de entregar. Algunas prefecturas ofrecen concertar cita en línea.

A la cita en la prefectura deberá presentarse personalmente en posesión de los originales de los documentos justificativos. Se le podrá solicitar que haya comprado en línea un timbre fiscal para pagar su tasa de estancia.

Visa de larga duración que vale como permiso de residencia (VLS-TS)

Si no realiza el trámite en el plazo estipulado, se hallará en situación irregular en territorio francés y, por lo tanto, no podrá volver a cruzar la frontera del espacio Schengen.

Para iniciar el trámite de validación de la visa, debe pasar por la siguiente web :

https://administration-etrangers-en-france.interieur.gouv.fr

Necesitará :

  • Información contenida en su visa
  • Su fecha de entrada en Francia
  • Su dirección en Francia
  • Una tarjeta bancaria para pagar en línea las tasas de emisión del permiso de residencia o del sello electrónico correspondientes a su situación, sello que podrá adquirir en un estanco

La Oficina Francesa de Inmigración e Integración (OFII) se reserva el derecho de convocarle para realizar trámites complementarios, pasar un examen médico y/o firmar un "contrato de integración republicana".

Al final de la validez de su VLS-TS y si desea permanecer en Francia, debe solicitar un permiso de residencia según los procedimientos descritos en la página web https://www.service-public.fr/.

Se ha creado una unidad de apoyo en la Dirección General de Extranjeros en Francia : +33 0806 001 620 – courriel : dgef-support@interieur.gouv.fr

Instalarse en Francia

Para ampliar la información sobre la preparación del viaje, los trámites a su llegada y su instalación en Francia, consulte la guía informativa "Instalarse en Francia" (pdf [1,29 MB]) editada por el Ministerio del Interior.