Visado de larga duración
Para cualquier estancia en Francia con una duración superior a los 90 días, deberá obtener previamente un visado de larga duración, si no está exento por su nacionalidad.
Independientemente de la duración de la estancia prevista, el visado de larga duración tiene una duración limitada, comprendida entre 3 meses y un año. Deberá solicitar un título de estancia en la prefectura para proseguir su estancia una vez finalizado el período de vigencia del visado.
Durante su período de vigencia, el visado de larga duración es equivalente a un visado Schengen que le permite circular y permanecer en el espacio Schengen, fuera de Francia, durante períodos máximos de 90 días en cualquier período de 180 días, en las mismas condiciones que si fuera titular de un visado Schengen.
Los visados de larga duración para los territorios europeos de Francia
Verifique antes si por su nacionalidad o por su situación de estancia en Francia está exento de solicitar un visado (auxiliar de visado) e infórmese sobre las condiciones de expedición de un visado que le permitirá:
- Permanecer de manera duradera como turista o a título privado;
- Ejercer una actividad profesional;
- Realizar estudios;
- Reunirse con su familia.
Por cada uno de estos motivos, deberá adjuntar a su solicitud justificantes específicos y seguir los procedimientos adaptados.
Visa de larga duración que vale como permiso de residencia (VLS-TS, por sus siglas en francés)
Algunos casos particulares se benefician de visados específicos:
- En caso de haber superado un examen o tras una entrevista favorable a la validación de una inscripción en el marco de un visado de corta duración con la mención "étudiant-concours" (estudiante concurso), podrá solicitar en la Prefectura un título de estancia para estudiantes;
- Como beneficiario de un visado con la mención "mineur scolarisé" (menore escolarizado) para estar escolarizado o realizar estudios superiores, puede permanecer 11 meses en Francia, autorización que podrá renovarse mientras duren sus estudios;
- Como beneficiario de un visado de larga duración con la mención "vacances-travail" (vacaciones y trabajo);
- Como familiar de un ciudadano de un Estado de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo o de Suiza, sujeto a y beneficiario de un visado de corta duración que le permitirá presentar en la Prefectura una solicitud de título de estancia cuando llegue a Francia.
Los ciudadanos de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo, de Suiza, de Andorra, de Mónaco, de San Marino y de la Santa Sede pueden permanecer más de 90 sin visado en el territorio europeo de Francia.
Los visados de larga duración para los territorios no europeos de Francia
La mayoría de las nacionalidades están sujetas a la obligación de visado de larga duración para residir más de 90 días en estos territorios, excepto:
- Los ciudadanos de la Unión Europea, de Mónaco y de Andorra, para todos los territorios.
- Los ciudadanos del Espacio Económico Europeo (EEE) y de Suiza, salvo en la Polinesia Francesa, Nueva Caledonia, Wallis y Futuna y las tierras australes y antárticas francesas (TAAF).